La falta de normas fiscales en nuestro país para regular el comercio electrónico, dificulta algunas operaciones de los contribuyentes. También conocido como e-commerce (electrónic commerce en inglés), consiste en la compra y venta de bienes o servicios a través de medios electrónicos como el internet y otras redes informáticas. El comercio electrónico que se realiza entre empresas es llamado en inglés como business-to-business o B2B.
Para el comercio dentro del territorio guatemalteco, principalmente en el área de prestación de servicios, con la existencia de la FACE se facilita la operación, toda vez que la empresa vendedora puede poner a la venta determinado servicio, con la opción de pago en linea y al tener autorización para emitir facturas electrónicas, la disposición legal en esa materia indica que el documento debe enviarse al correo electrónico del comprador, con lo cual se cumple con la obligación de emitir y entregar la factura correspondiente.
El tema se complica en los casos de comercio exterior, en los que la persona o empresa residente en Guatemala tiene la necesidad de adquirir bienes intangibles como lo son software, datos, música, libros y otros bienes que se pueden descargar por internet y para lo cual, previo pago, según la forma que se convenga se puede efectuar mediante tarjeta de crédito, débito, transferencia bancaria u otro procedimiento, el proveedor del exterior suministra una clave para ingresar a su almacén electrónico y así adquirir el bien o servicio que se está comprando, emitiéndose para tal efecto la factura que envía el proveedor, también por la vía electrónica.
Una de las regulaciones que se necesita emitir, es lo referente a intangibles que se consideren bienes y que para su adquisición se requiere cumplir con los requisitos de importación, porque cuando se reguló no existía el comercio electrónico y que con el avance de la tecnología se hace indispensable su revisión y actualización, por lo que una ley para el Comercio Electrónico, se hace indispensable, para viabilizar este tipo de operaciones y no complicar las actividades productivas.
Fuente: Prensa Libre. Opinión,Óscar Chile Monroy,Termómetro fiscal